Las empresas españolas deberán realizar auditorías energéticas periódicas

Auditoria Energetica 15.02.2016

El pasado 14 de febrero entraba en vigor el Real Decreto 56/2016 de transposición parcial de la Directiva europea de eficiencia energética (2012/27 / UE) que establece, entre otras, la obligación de las grandes empresas de someterse a una auditoría energética. Pero qué es una auditoría energética y quien está obligado a realizarla?

¿Qué es una auditoría energética?

La auditoría energética es un estudio y análisis exhaustivo del grado de eficiencia del consumo energético de un edificio, establecimiento o actividad. El objetivo es detectar posibles mejoras en las instalaciones para minimizar su consumo energético, fomentando así un uso racional de la energía y una reducción de las emisiones contaminantes.

¿Quién está obligado a realizar la auditoría energética?

La Ley obliga a las grandes empresas, entendiendo como tales, las empresas de más de 250 trabajadores o con un volumen de negocio superior a los 50 millones de euros y un balance general de más de 43 millones de euros. El Clúster de Eficiencia Energética de Cataluña (CEEC) estima que la medida afectará a unas 3.800 empresas en España, con cerca de 27.000 establecimientos o locales.

¿Cada cuánto se deben realizar las auditorías?

La norma establece que las auditorías se realizarán cada cuatro años.

¿Qué alcance tendrá la auditoría energética?

Las auditorías energéticas deberán cubrir, como mínimo, el 85% del consumo total de la energía de sus instalaciones, siempre que formen parte de las actividades industriales, comerciales y de servicios que estas empresas gestionen en el desarrollo de la su actividad económica.

¿Quién puede efectuar la auditoría energética?

La auditoría energética la harán auditores energéticos debidamente cualificados. La auditoría también podrá ser realizada por técnicos cualificados de la empresa siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la norma.

¿Qué plazo tienen las empresas para dar cumplimiento a esta obligación?

Las empresas tendrán un plazo de nueve meses desde la entrada en vigor de la norma, para realizar las auditorías. Podrán sustituir las auditorías, además, por un sistema de gestión energética o ambiental. Se considerarán válidas las auditorías que se hayan realizado desde el 5 de diciembre de 2012, fecha de entrada en vigor de la Directiva comunitaria.

Aquí encontraréis el texto de la norma en PDF

En Inergy hemos realizado más de 300 auditorías y estudios energéticos de edificios, tanto en el sector público como en el privado. Todas nuestras auditorías cumplen con el estándar de calidad de la norma “UNE 216501: 2009. Auditoría energética.”
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